Para ser un contacto estrecho, tiene que haber pasado más de 15 minutos, dentro de las 48 hs. previas al inicio de los síntomas, con un caso confirmado de Coronavirus sin haber cumplido el distanciamiento social (2 metros) y sin utilizar tapabocas.

El contacto estrecho sintomático se confirma por nexo clínico epidemiológico, NO se necesita hacer el hisopado PCR para confirmarlo.

Si es asintomático, no será caso covid pero igual deberá realizar los 14 días de aislamiento.

En este caso se asume al conviviente como un contacto estrecho y tendrías que estar aislado durante 14 días, si aparece algún síntoma, consultar al Médico por las diferentes vías de comunicación. NO se necesita hacer el hisopado para confirmarlo.

  • Si tenés síntomas
    Si tenés dos o más de los siguientes síntomas: fiebre de 37.5°C, tos, dolor de garganta, dificultad respiratoria, dolor muscular, cefalea, diarrea y/o vómitos, o si tenés sólo pérdida brusca de gusto u olfato, debes aislarte y comunicarte telefónicamente con los centros de atención establecidos por el Ministerio de Salud.
  • Si no tenés síntomas
    Tenés que quedarte 14 días en resguardo en tu casa y tomar todas las medidas de prevención correspondientes e informarlo al 0800 222 CORO.

En internación: alta por criterio médico, luego de los 10 días de la toma de muestra y 72 hs sin síntomas respiratorios.

Todo caso confirmado con forma leve, ambulatorio, tendrá el alta al cumplir los 10 días desde la fecha de inicio de los síntomas o de realizado el hisopado que resultó positivo. No requiere PCR de control.

Si este se produce en un ámbito laboral esencial o exceptuado del aislamiento, entonces la cobertura debe ser dada por la ART, por considerarse la enfermedad como profesional. Por lo cual se deberá hacer la denuncia correspondiente.

IMPORTANTE: El personal esencial (Personal de Salud, Fuerzas de Seguridad Armadas y personas que brinden asistencia a personas mayores) tendrá cobertura de parte del Estado Nacional en caso de ser necesario realizarle el hisopado.

NADA. Como Obra Social Universitaria, DASU no ha recibido nunca ningún tipo de subsidio, reintegro u aporte adicional del Gobierno Nacional, Provincial o Municipal ni de la Universidad. Todos los servicios brindados por DASU se pagan a partir de los aportes y contribuciones de los salarios universitarios. Discapacidad, HIV, oncología, Leyes de cobertura especial, todo es cubierto por DASU desde los aportes salariales sin ningún reintegro o subsidio de ningún organismo nacional, provincial o municipal. Esta situación, en la actualidad, nos ha puesto en un estado de EMERGENCIA financiera y económica.

NADA. Desde su creación en el año 1990 hasta la fecha, DASU siempre ha abonado las prestaciones brindadas a nuestros afiliados por los Hospitales Públicos en toda la Provincia del Chubut. DASU no tiene ningún tipo de deuda con los Hospitales Públicos, en ninguna localidad de la Provincia.

La cobertura de los HISOPADOS al 100% por las obras sociales y prepagos lo ha establecido la Superintendencia de Servicios de Salud para las obras sociales vinculadas a la Superintendencia y que reciben de ella reintegros por coberturas de COVID (hisopados, aislamiento, internaciones en sala general e internaciones en terapia intensiva), siempre y cuando los hisopados y el resto de las prestaciones se hayan realizado en el marco de la normativa aplicada por la autoridad de aplicación (Ministerios de Salud de Nación y Provinciales).

El tratamiento del COVID 19 no es sólo la detección y tratamiento de la persona contagiada, sino también, el tratamiento epidemiológico de la enfermedad y esto sólo se hace a través de los organismos e instituciones autorizadas por el Ministerio de Salud. DASU, como obra social universitaria se encuentra fuera del ámbito de la Superintendencia y NO RECIBE NINGÚN TIPO DE REINTEGRO POR ESTAS PRESTACIONES, nuevamente todo esto se cubre, en el caso de DASU y todas las Obras Sociales Universitarias, desde los aportes y contribuciones salariales de los Universitarios y sólo en instituciones y con profesionales autorizados por el Ministerio en la atención del COVID 19.


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COVID-19: Cobertura DASU

COVID-19: Atención en dependencias DASU


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