Plan Ginecológico Anual

Incluye: Diagnostico precoz de Cáncer de Cuello Uterino y Diagnóstico precoz de Cáncer de Mamas.
Para mujeres de 20 a 34 años corresponde sólo el de cuello uterino. A partir de los 35 años, ambos.
El carácter de inscripción es voluntario y la elección del ginecólogo libre.
Dentro del Plan, es obligatorio cumplir con los requisitos del mismo para no quedar excluido.
El cumplimiento de lo pautado permitirá a la Afiliada un seguimiento anual en los controles


Plan Materno Infantil

Embarazada:

  1. Acreditación: A fin de ser incluida en el Plan, la afiliada deberá presentar la certificación médica que acredite su condición, la cual será incorporada en su legajo personal.
  2. Asistencia:
    1. Consulta médica
      Se prevé un total de 15 consultas sin cargo para ser utilizadas durante la gestación y hasta 40 días después del parto (puerperio). La distribución de estas ordenes será la siguiente:
      • Hasta el 7° mes de embarazo, una orden por mes.
      • En el 8° mes de embarazo, dos ordenes.
      • En el 9° mes de embarazo, cuatro ordenes.
      • Puerperio, hasta 40 días después del parto, dos ordenes.
    2. Análisis de laboratorio
      Cuando se le soliciten a la embarazada se le reconocerán, exclusivamente, los siguientes análisis:
      • Primer Trimestre: Códigos 475, 412, 933, 711, 813, 433, 063, 677 y 998.
      • Segundo Trimestre: Códigos 475, 412, 711, 677 y 998.
      • Tercer Trimestre: Códigos 475, 711, 677 y 998.
    3. Ecografía:
      Se reconocerá sin cargo para la afiliada solamente una ecografía a partir del 6° mes de embarazo.
    4. Medicamentos:
      Exclusivamente en internación para el parto o cesárea.
      • Internación
      • Odontología preventiva
      Según el plan general de prestaciones previsto.

Recién Nacido:

  1. Inscripción: Para realizar este trámite presentar, además del documento de identidad, la partida de nacimiento extendida por el Registro Civil o durante la tramitación de la misma, el certificado de nacimiento extendido por el profesional que atendió al bebé, dentro de los 10 días de la fecha de nacimiento.
  2. Asistencia: Durante el primer mes de vida todas las prestaciones que resulten necesarias y que se encuentren reconocidas por DASU, incluidos medicamentos.
    1. Consulta Médica: Una por mes hasta el año de vida.
    2. Leche:
      • Entera Común:
        • 2 cajas de 800 gr. por mes hasta el 6° mes.
        • 1 caja de 800 gr. por mes hasta el año.
      • Maternizada:
        Según prescripción médica y solamente en caso de prematuros, desnutridos, de bajo peso y/o insuficiente leche materna: hasta el tercer mes de edad.
      • Preparados Sustitutos:
        Exclusivamente en caso de intolerancia a la leche debidamente justificado, según prescripción médica y hasta el año de edad.
        PRESENTACIÓN DE LIBRETA DE VACUNACIONES AL DÍA Y LA CONSULTA MENSUAL AL MEDICO.
      • Plan Vacunaciones:
        • Vacunas indicadas a la mujer embarazada:
          • Antitetánica
        • Vacunas indicadas para el recién nacido que integran el Plan Nacional de vacunación, de carácter obligatorio, a saber:
          • BCG
          • OPV (Sabín)
          • Cuádruple
          • Triple Viral
          • Anti- Hepatitis B
          Estas son las vacunas de presentación obligatoria para la entrega de leche.


Plan para afiliados diabéticos

Objetivo

  1. Cubrir las necesidades particulares de los afiliados que posean esta afección.
  2. Estimular al Afiliado diabético a que cumpla con los controles periódicos, necesarios para el control de esta patología y evitar las complicaciones propias de la misma.

Acreditación de la Patología

Para acceder al presente Plan Especial, se deberá contar con la autorización previa de Auditoría Médica para lo cual se remitirá a la misma la siguiente documentación:

  • Certificado del Médico Tratante en el que conste la afección de diabetes explicitando, asimismo, el tratamiento ordenado.

Cobertura

La cobertura especial que se brindará será sin cargo para el afiliado y consistirá en:

  1. Afiliado Diabético
    1. Análisis:
      • Trimestralmente:
      • Hemoglobina Glucosilada: 5016
      • Orina Completa: 711
      • Urocultivo: 105
      • 677 x 1 y 998 x 2
      • Semestralmente:
      • Colesterol: 174
      • HDL - LDL: 5015 y 5017
      • Triglicéridos: 876
      • 677 x 1 y 998 x 2
    2. Oftalmología:
      • Consulta oftalmológica ANUAL.
    3. Cardiología:
      • Una orden de consulta anual para evaluación cardiológica
      • Un electrocardiograma anual: cód. 17.01.01
    4. Nutrición:
      • Una orden de consulta anual para confección de dieta.
    5. Medicamentos:
      • Hasta un máximo de dos frascos de insulina mensual. Si el Afiliado utilizara más de dos frascos mensuales, se reconocerá el excedente, solo al 50 % como en cualquier otro medicamento.
      • En el caso de diabéticos no insulino dependientes se reconocerá al 100 % hasta un máximo de una caja de 30 (treinta) unidades de hipoglucemiantes orales, en forma mensual.
  2. Hijos de Diabéticos (Solo hasta los 18 años)
    • Una curva de tolerancia a la glucosa: Anual. Códigos: 413, 998 x 1 y 677 x 2.
  3. Entrega de cintas reactivas y jeringas descartables según normas DASU, en farmacia propia.

    Requisitos:
    Para acceder a los beneficios del presente Plan el afiliado diabético deberá cumplir íntegra y estrictamente con las prestaciones consignadas en el punto 10-3-3 de la presente reglamentación y la acreditación ante DASU.


Plan Oncológico:

Según normas DASU


Plan Celiacos:

A partir del 1º de julio de 2014 se modifica el Plan Celíacos en DASU. Siendo su cobertura como se detalla a continuación.

DETECCIÓN DE AFILIADOS CON CELIAQUÍA: mediante los análisis de laboratorio Anticuerpo Ig A Anti Transglutaminasa tisular humana (a-tTg-Ig A) y la biopsia intestinal (duodeno proximal) indicada por el profesional tratante.

DIAGNÓSTICO Y ALTA EN EL PLAN CELÍACOS: Una vez diagnosticada la enfermedad, el afiliado será incorporado al Plan presentando para ello resultado de análisis de laboratorio específico (Anticuerpos), resultado de biopsia de intestino delgado e informe médico.

COBERTURA EN CONCEPTO DE HARINAS Y PREMEZCLAS: el beneficiario deberá presentar los tickets que certifiquen la compra de harinas sin gluten o premezclas según listado adjunto, como Anexo I y DASU dará la cobertura, mediante el reintegro del valor de dichas harinas y premezclas hasta un tope máximo de $ 275,00 mensuales, que se actualizarán según los dispuesto por la Autoridad competente.

SEGUIMIENTO: Una consulta con Dietista o médico nutricionista cada 6 (seis) meses primer año, luego una por año sin cargo para el afiliado incorporado al plan.


Plan EPOC:

Plan de cobertura farmacológica de: Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (Asma, bronquitis obstructiva crónica, enfisema)-Junio 2013

A partir del 1º de junio de 2013 se incrementa el porcentaje de cobertura que será del 70 % del precio de referencia, únicamente en las Farmacias DASU, de la medicación específica indicada en la siguiente enfermedad:

Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica:

Inhaladores anticolinérgicos, inhaladores beta-agonistas, corticoesteroides inhalados, teofilina.

Para obtener este beneficio el afiliado deberá dar el alta en la Obra Social, mediante un informe médico, donde conste el diagnóstico y el tratamiento con dosis diaria. El Profesional (Médico especialista en neumonología) adjuntará la prescripción para un mes completará el formulario de largo tratamiento, EPOC, que tiene una validez como máximo de 6 meses, será firmado por Médico Auditor, en Comodoro Rivadavia y Trelew (demás Sedes deberán pasar vía fax a Dirección de Prestaciones Comodoro Rivadavia). También podrá ser solicitada su incorporación por un Médico Clínico.

Con este informe, presentado por única vez, se dará el alta en el sistema. En cuanto a la prescripción deberá ser evaluada y autorizada por la Auditoria Médica. De ser necesario, respaldado por informe médico, podrán agregarse drogas al listado, siempre que corresponda a los diagnósticos arriba mencionados.

El formulario a completar se encuentra en el sistema para ser impreso. Se adjunta listado de medicamentos incluidos.

Medicamentos del Plan EPOC

Inhaladores anticolinérgicos

Nombres de inhaladores anticolinérgicos:

  • Ipratropio (Atrovent): Utilícelo hasta 4 veces al día.
  • Tiotropio (Spiriva): Utilice un disparo cada día.

Estos medicamentos pueden empeorar el glaucoma. Pregúntele a su médico con respecto a utilizarlos si tiene esta afección.

Inhaladores beta-agonistas

Nombres de inhaladores beta-agonistas:

  • Salmeterol (Serevent): Utilícelo 2 veces al día.
  • Formoterol (Foradil): Utilícelo una vez al día.
  • Albuterol
  • Pirbuterol
  • Salbutamol
  • Terbutalina
  • Levalbuterol

Corticoesteroides inhalados

Nombres de algunos corticoesteroides inhalados:

  • Beclometasona (Qvar)
  • Fluticasona (Flovent)
  • Ciclesonida (Alvesco)
  • Flunisolida (Aerobid)
  • Mometasona (Asmanex)
  • Triamcinolona (Azmacort)
  • Budesonida (Pulmicort)

Teofilina


Plan Prostático:

A partir del 1º de abril de 2011 se pone en vigencia el “Plan Diagnóstico Precoz del Cáncer de Próstata” consistente en la cobertura de una orden de consulta y un análisis de PSA, anual, sin coseguros para los beneficiarios varones mayores de 45 años.

Como se Procede:

Para ingresar a dicho plan, los beneficiarios concurrirán al sector Atención al Público de la Sede DASU, solicitando información y teniendo la edad de 45 años cumplidos, el sistema podrá emitir una orden de consulta sin cargo con la leyenda del Plan. El beneficiario concurrirá a su médico tratante quien lo evaluará, le hará un interrogatorio, un examen físico y eventualmente le pedirá exámenes complementarios, que podrán ser de laboratorio. En este último caso si le ha solicitado un P.S.A (Antígeno Prostático Específico) se le emitirá una orden sin coseguro para el laboratorio de Análisis Clínicos, (sin coseguro este único análisis).

Con los resultados de laboratorio concurrirá nuevamente al profesional, quien interpretando los resultados obtenidos dará consejos médicos, higiénico dietéticos y le indicará la periodicidad de los próximos controles y/o tratamiento. Este procedimiento podrá repetirse anualmente.


Plan Preventivo Pediátrico:

El plan preventivo pediátrico está implementado para niños de entre 1 y 14 años, que podrán acceder al mismo sin el abono de coseguro de 1 (una) orden médica y 1 (una) orden odontológica pediátrica.

DASU implementa esta Campaña con la finalidad de controlar el normal desarrollo de los chicos en su edad de crecimiento


Contenido

Plan Ginecológico Anual

Plan Materno Infantil

Plan para afiliados diabéticos

Plan Oncológico

Plan Celiacos

Plan EPOC

Plan Prostático

Plan Preventivo Pediátrico


Más información

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